|
 |
1.- DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD
Argentino o naturalizado: DNI o Cédula de identidad
Otras Nacionalidades: Pasaporte con visa Chilena
(De acuerdo a los convenios internacionales vigentes).
2.- TARJETA VERDE
Tarjeta verde del vehículo a nombre del titular.
Si el vehículo no es de tu propiedad, necesitarás
autorización del propietario ante escribano.
Por ley dictada en el año 1980 es obligatorio el grabado de la
patente en los cristales de vehículo para los vehículos
de Argentina y el arancel para grabarlos es de u$s10.
3.- CARNET DE CONDUCTOR vigente, no es necesario carnet internacional.
4.-
MENORES
Si viajás con tus hijos, llevá lalibreta de casamiento
o acta de nacimiento de los mismos.
Si uno de los padres viaja con un menor de 21 años, debe presentar
la autorización del cónyuge ante escribano.
Si el menor viaja sin sus padres, presentará una autorización
de ambos legalizada por escribano.
Al entrar
a Chile deberás pasar por los siguientes controles:
Policía
Internacional: documentos personales
Carabineros: documentos del vehículo
Servicio de Agricultura y Ganadería (SAG).
En Chile debido a políticas sanitarias, el vehículo será
desinfectado por personal de la frontera.
Está vedado el ingreso al territorio chileno de productos y/o
subproductos de origen vegetal o animal en el equipaje del pasajero.
Aduana:
El turista debe declarar todas las mercaderías adquiridas u obsequiadas
en un país u otro.
Sin pago de tributo pueden ingresarse efectos de uso personal, ropa,
artículos de tocador, joyas personales, libros, coches para niños
, etc. ( ver detalle más abajo)
Permitido: Toda mercadería encuadrada como equipaje y que
no presuma "fines comerciales".
No permitido: Alimentos de tipo vegetal, carnes, chasinados, etc.
Franquicia: de hasta u$s 150 por persona mayor de 16 años,
los menores de 16 años hasta $ 75.
Con pago de tributo: se deberán presentar las facturas de compra
y el excedente de los valores de franquicia del total de la mercadería
adquirida, pagarán tributo.
Para
cruzar de Argentina a Chile
PARA
VIAJEROS QUE PROVIENEN FUERA DE CHILE
Paso
Internacional Cardenal Samoré
Horario
invernal 0900 a 2000 hs; Estival 0800 a 2100 hs.
EQUIPAJE
DE VIAJERO: La legislación vigente, solo libera de derechos
de aduana e Impuesto al Valor Agregado al equipaje de viajero, el que
consiste en :
a) artículos de viaje, aquellos tales como : prendas de
vestir, artículos eléctricos de tocador, maletas, maletines
, bolsos, artículos imprescindibles de uso personal y toda clase
de cosméticos, etc. Todo lo anterior debe ser gastado o usado,
apropiados para el uso y necesidades normales de la persona que los
porte y no pueden estar destinados para su venta.
b) Objetos de uso exclusivo para el ejercicio de oficios, profesiones
o artesanía, usados, portátiles, para uso manual y de
manufactura simple. Sin que necesiten de instalación para su
uso normal y de acuerdo a la profesión u oficio del viajero.
c) Tabacos y licores, hasta por una cantidad que no exceda por
cada persona mayor de 18 años, de:
400 unidades de cigarrillos (dos cartones)
500 gr. De tabaco.
50 unidades de puros.
Dos y medio litros de bebidas alcohólicas.
QUEDAN
EXPRESAMENTE EXCLUIDAS DEL CONCEPTO DE EQUIPAJE
Mobiliario
de casa
Menaje, vajilla, lencería y cuadros
Instrumentos musicales
Aparatos, repuestos y artefactos eléctricos o electrónicos.
En general toda mercancía nueva o susceptible de venderse.
El equipaje
y las mercancías a importar que cumplan los requisitos , pueden
ingresar conjuntamente con el viajero o llegar dentro del plazo de 120
días con anterioridad o posterioridad al del beneficiario.
|
|
TRATAMIENTO
ADUANERO PARA EXTRANJEROS QUE INGRESAN A CHILE, EN CALIDAD DE TURISTAS
Paso
Internacional Cardenal Samoré
Horario
invernal 0900 a 2000 hs; Estival 0800 a 2100 hs.
Efectos
Personales:
Los viajeros extranjeros que ingresen como turistas al país tienen
derecho a importar liberado de derechos de Aduana e impuestos (IVA),
aquellas mercancías que constituyen el Equipaje de Viajeros en
igualdad de condiciones que los viajeros nacionales. (ver equipaje de
viajero)
También
podrán ingresar en forma temporal por noventa días (prorrogables)
artículos usados propios de actividades de turismo, como equipo
de acampar, de pesca, material de escalamiento de montaña, de
deportes, filmación o fotografía, microcomputador o bienes
de uso profesional, con obligación de presentarlos a la salida
del país, o en caso contrario se exigirá la cancelación
de los tributos de importación correspondientes.
La admisión
temporal de los artículos indicados precedentemente se materializará
mediante documento denominado D.A.T.E.T. (Documento de Admisión
Temporal Efectos de Turistas ).
Vehículo:
Los turistas podrán ingresar temporalmente al país su
vehículo por un plazo general de 90 días (180 días
por convenio Chile - Argentina ) . Para acceder a esto se deberá
contar con licencia de conducir internacional , padrón del vehículo
o documento que haga sus veces, en caso que el conductor no sea el propietario
del vehículo, deberá presentar autorización notarial
visada por el Cónsul Chileno en el extranjero ; mantener el vehículo
en su poder y no transferirlo; sacar el vehículo del país
dentro del plazo o entregarlo a la Aduana más cercana en caso
que no lleve de vuelta el vehículo a otro país dentro
del plazo.
Los turistas además podrán importar o pedir Admisión
Temporal para otras mercancías que ingresen para fines no comerciales.
|
TRATAMIENTO
ADUANERO PARA EXTRANJEROS QUE INGRESAN PARA RESIDIR EN CHILE
Paso
Internacional Cardenal Samoré
Horario
invernal 0900 a 2000 hs; Estival 0800 a 2100 hs.
EFECTOS
PERSONALES:
Los viajeros extranjeros que ingresen como turistas al país tienen
derecho a importar liberado de derechos de Aduana e Impuestos (IVA)
, aquellas mercancías que constituyen el Equipaje de Viajeros
en igualdad de condiciones que los viajeros nacionales.
Menaje:
Has por un monto de u$s 5.000 FOB libre de derechos e impuestos, siempre
que se trate de mercancías usadas y adquiridas con anterioridad
a su ingreso y por cantidades que no excedan el uso y necesidad normales
del viajero.
Las mercancías señaladas gozarán de liberación
aún cuando el ingreso se produzca dentro del plazo de 120 días
desde la llegada del beneficiario y siempre que vengan consignadas a
su nombre en los documentos de transporte.
Utiles
de trabajo:
Hasta por un valor FOB u$s 1.500, afectos al pago de Derechos de Aduana
de un 6% sobre su valor aduanero y exentos del Impuesto al Valor Agregado
(IVA)
Requisito:
Para optar a esta franquicia el ciudadano extranjero deberá ingresar
al país con Visa de residencia temporal o Visa sujeta a contrato
por un período de 1 año o más.
Restricciones:
Los extranjeros no pueden importar vehículos motorizados usados.
Pudiendo eso si, ingresar vehículos bajo regimen de Admisión
Temporal, conforme a las normas generales, con uso de los servicios
de un Despachador, autorización previa del Administrador de Aduanas
y por un plazo de 120 días, prorrogables, afecto a una tasa variable
a determinar en cada oportunidad.
|
|
|