Inicio
  Historia
  Transportes
  Rutas Argentinas
  Rutas Chilenas
  Paseos
  Mapa Virtual
  Turismo Aventura
  Galería de Fotos
  Galería Histórica
  Info. Aduana

Documentación
Viajeros que provienen fuera de Chile
Extranjeros que ingresan a Chile, en calidad de Turistas
Extranjeros que ingresan, para residir en Chile

Requisitos para cruzar la Frontera de Argentina a Chile o Viceversa
Paso Internacional Cardenal Samoré
Horario invernal 0900 a 2000 hs; Estival 0800 a 2100 hs.



1.- DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD
Argentino o naturalizado: DNI o Cédula de identidad
Otras Nacionalidades: Pasaporte con visa Chilena
(De acuerdo a los convenios internacionales vigentes).

2.- TARJETA VERDE
Tarjeta verde del vehículo a nombre del titular.
Si el vehículo no es de tu propiedad, necesitarás
autorización del propietario ante escribano.
Por ley dictada en el año 1980 es obligatorio el grabado de la patente en los cristales de vehículo para los vehículos de Argentina y el arancel para grabarlos es de u$s10.

3.- CARNET DE CONDUCTOR vigente, no es necesario carnet internacional.

4.- MENORES
Si viajás con tus hijos, llevá lalibreta de casamiento o acta de nacimiento de los mismos.
Si uno de los padres viaja con un menor de 21 años, debe presentar la autorización del cónyuge ante escribano.
Si el menor viaja sin sus padres, presentará una autorización de ambos legalizada por escribano.

Al entrar a Chile deberás pasar por los siguientes controles:
Policía Internacional: documentos personales
Carabineros: documentos del vehículo
Servicio de Agricultura y Ganadería (SAG).
En Chile debido a políticas sanitarias, el vehículo será desinfectado por personal de la frontera.
Está vedado el ingreso al territorio chileno de productos y/o subproductos de origen vegetal o animal en el equipaje del pasajero.

Aduana:
El turista debe declarar todas las mercaderías adquiridas u obsequiadas en un país u otro.
Sin pago de tributo pueden ingresarse efectos de uso personal, ropa, artículos de tocador, joyas personales, libros, coches para niños , etc. ( ver detalle más abajo)


Permitido: Toda mercadería encuadrada como equipaje y que no presuma "fines comerciales".
No permitido: Alimentos de tipo vegetal, carnes, chasinados, etc.
Franquicia: de hasta u$s 150 por persona mayor de 16 años,
los menores de 16 años hasta $ 75.
Con pago de tributo: se deberán presentar las facturas de compra y el excedente de los valores de franquicia del total de la mercadería adquirida, pagarán tributo.


Para cruzar de Argentina a Chile
PARA VIAJEROS QUE PROVIENEN FUERA DE CHILE
Paso Internacional Cardenal Samoré
Horario invernal 0900 a 2000 hs; Estival 0800 a 2100 hs.

EQUIPAJE DE VIAJERO: La legislación vigente, solo libera de derechos de aduana e Impuesto al Valor Agregado al equipaje de viajero, el que consiste en :
a) artículos de viaje, aquellos tales como : prendas de vestir, artículos eléctricos de tocador, maletas, maletines , bolsos, artículos imprescindibles de uso personal y toda clase de cosméticos, etc. Todo lo anterior debe ser gastado o usado, apropiados para el uso y necesidades normales de la persona que los porte y no pueden estar destinados para su venta.
b) Objetos de uso exclusivo para el ejercicio de oficios, profesiones o artesanía, usados, portátiles, para uso manual y de manufactura simple. Sin que necesiten de instalación para su uso normal y de acuerdo a la profesión u oficio del viajero.
c) Tabacos y licores, hasta por una cantidad que no exceda por cada persona mayor de 18 años, de:
400 unidades de cigarrillos (dos cartones)
500 gr. De tabaco.
50 unidades de puros.
Dos y medio litros de bebidas alcohólicas.

QUEDAN EXPRESAMENTE EXCLUIDAS DEL CONCEPTO DE EQUIPAJE
Mobiliario de casa
Menaje, vajilla, lencería y cuadros
Instrumentos musicales
Aparatos, repuestos y artefactos eléctricos o electrónicos.
En general toda mercancía nueva o susceptible de venderse.

El equipaje y las mercancías a importar que cumplan los requisitos , pueden ingresar conjuntamente con el viajero o llegar dentro del plazo de 120 días con anterioridad o posterioridad al del beneficiario.



TRATAMIENTO ADUANERO PARA EXTRANJEROS QUE INGRESAN A CHILE, EN CALIDAD DE TURISTAS
Paso Internacional Cardenal Samoré
Horario invernal 0900 a 2000 hs; Estival 0800 a 2100 hs.

Efectos Personales:
Los viajeros extranjeros que ingresen como turistas al país tienen derecho a importar liberado de derechos de Aduana e impuestos (IVA), aquellas mercancías que constituyen el Equipaje de Viajeros en igualdad de condiciones que los viajeros nacionales. (ver equipaje de viajero)

También podrán ingresar en forma temporal por noventa días (prorrogables) artículos usados propios de actividades de turismo, como equipo de acampar, de pesca, material de escalamiento de montaña, de deportes, filmación o fotografía, microcomputador o bienes de uso profesional, con obligación de presentarlos a la salida del país, o en caso contrario se exigirá la cancelación de los tributos de importación correspondientes.

La admisión temporal de los artículos indicados precedentemente se materializará mediante documento denominado D.A.T.E.T. (Documento de Admisión Temporal Efectos de Turistas ).

Vehículo:
Los turistas podrán ingresar temporalmente al país su vehículo por un plazo general de 90 días (180 días por convenio Chile - Argentina ) . Para acceder a esto se deberá contar con licencia de conducir internacional , padrón del vehículo o documento que haga sus veces, en caso que el conductor no sea el propietario del vehículo, deberá presentar autorización notarial visada por el Cónsul Chileno en el extranjero ; mantener el vehículo en su poder y no transferirlo; sacar el vehículo del país dentro del plazo o entregarlo a la Aduana más cercana en caso que no lleve de vuelta el vehículo a otro país dentro del plazo.
Los turistas además podrán importar o pedir Admisión Temporal para otras mercancías que ingresen para fines no comerciales.



TRATAMIENTO ADUANERO PARA EXTRANJEROS QUE INGRESAN PARA RESIDIR EN CHILE
Paso Internacional Cardenal Samoré
Horario invernal 0900 a 2000 hs; Estival 0800 a 2100 hs.

EFECTOS PERSONALES:
Los viajeros extranjeros que ingresen como turistas al país tienen derecho a importar liberado de derechos de Aduana e Impuestos (IVA) , aquellas mercancías que constituyen el Equipaje de Viajeros en igualdad de condiciones que los viajeros nacionales.

Menaje:
Has por un monto de u$s 5.000 FOB libre de derechos e impuestos, siempre que se trate de mercancías usadas y adquiridas con anterioridad a su ingreso y por cantidades que no excedan el uso y necesidad normales del viajero.
Las mercancías señaladas gozarán de liberación aún cuando el ingreso se produzca dentro del plazo de 120 días desde la llegada del beneficiario y siempre que vengan consignadas a su nombre en los documentos de transporte.

Utiles de trabajo:
Hasta por un valor FOB u$s 1.500, afectos al pago de Derechos de Aduana de un 6% sobre su valor aduanero y exentos del Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Requisito:
Para optar a esta franquicia el ciudadano extranjero deberá ingresar al país con Visa de residencia temporal o Visa sujeta a contrato por un período de 1 año o más.

Restricciones:
Los extranjeros no pueden importar vehículos motorizados usados. Pudiendo eso si, ingresar vehículos bajo regimen de Admisión Temporal, conforme a las normas generales, con uso de los servicios de un Despachador, autorización previa del Administrador de Aduanas y por un plazo de 120 días, prorrogables, afecto a una tasa variable a determinar en cada oportunidad.